Agenda de análisis. 22 de julio de 2014

Medio Ambiente

1-¿Qué clase de reforma energética Habemus? Ha concluido el proceso legislativo en las respectivas cámaras de origen de los paquetes que conforman las leyes secundarias en materia energética. Aunque en la última quincena la atención estuvo centrada en los cuatro bloques de reglamentación discutidos en el Senado –hidrocarburos, industria eléctrica, empresas productivas del Estado y órganos reguladores—, no se deben olvidar los tres segmentos revisados en comisiones de la Cámara de Diputados hace algunas semanas, es decir, aquellos vinculados con ingresos, presupuesto, coordinación fiscal, deuda pública y, por supuesto, el nebuloso Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo. Ahora que los senadores han aprobado aquellas bajo su jurisdicción, la totalidad de la veintena de leyes reglamentarias de la reforma constitucional iniciarán su trámite –si bien no análisis—en el recinto de San Lázaro. Por su parte, las piezas presupuestarias deberán ir al Senado para su posible ratificación, o sea que esta cámara aún no termina sus faenas. Sin embargo, si la dinámica congresista continúa su tendencia, todo estaría preparado para la rúbrica presidencial hacia la segunda mitad de agosto (lo cual, por cierto, no implica que se vaya a publicar de inmediatamente después de ello). En cualquier caso, la publicación de la reforma estaría a tiempo para cuando, poco después del 15 de septiembre (fecha en la que también vencerá el plazo legal para la presentación de solicitudes hacia la eventual –y muy complicada—concreción de una consulta popular), la Secretaría de Energía (SENER) finalice la revisión de los documentos que PEMEX entregó como parte de la llamada Ronda Cero. Ya comienzan a escucharse voces vanagloriando el “triunfo de las reformas” y su carácter histórico. No obstante, éste es un buen momento a fin de reflexionar sobre cómo se llegó a este punto, qué implican en realidad los cambios a punto de materializarse, y hacia dónde pueden llevar en lo referente a impulsar el desarrollo del país.
2-El nivel terciario de la reforma energética. Mucho se habla de que la apertura y supuesta modernización del sector energético habrá concluido su proceso en lo referente al diseño de su marco regulatorio cuando en los próximos días deje la jurisdicción de las cámaras legislativas. Sin embargo, hay un factor cuyo análisis ha estado generalmente ausente de la opinión pública: la expedición de reglamentos (no confundir con la reglamentación de los artículos constitucionales, vulgarmente conocida como leyes secundarias). Los reglamentos son la parte práctica de una ley, ya que son los lineamientos que expiden las dependencias concernidas del Poder Ejecutivo o los órganos autónomos respectivos, con el propósito de implementar los mandatos de la norma jurídica. En el caso de la reforma energética, es cierto que ha habido procesos de la misma ya en marcha incluso sin contar con esta parte del marco jurídico –algo nada digno de presumir—, tal como ha sido el caso de la Ronda Cero. En este ejemplo, no quedan claras, entre otras cosas, cuáles son los criterios utilizados por la SENER en su labor de evaluación y próxima selección de los proyectos y campos en los cuales PEMEX seguirá trabajando. Del mismo modo, más allá del halo de opacidad característico tanto de las negociaciones legislativas de la reforma, como de la operación de sus procesos a priori sus leyes secundarias, los reglamentos son, casi por naturaleza, terreno fértil para la discrecionalidad de las autoridades. Cabe señalar que en este “nivel terciario”, el Congreso tiene poco o nada que opinar. También destaca cómo, en el tema de transparencia y rendición de cuentas, hay varios resquicios pendientes desde la misma reglamentación –por ejemplo, la ausencia de la figura de “empresas productivas del Estado” como sujetos obligados por los dictados del artículo 6 constitucional, o el sofístico argumento de que los miembros de los consejos de administración de PEMEX y CFE no serían en stricto sensu funcionarios públicos. Entonces, ¿cuál es la importancia de esta siguiente fase de la reforma?
3-El futuro de PEMEX. En el contexto de la reglamentación de la reforma energética en el Senado, despuntaron dos cuestiones vinculadas con el funcionamiento de la actual paraestatal petrolera: el régimen laboral de los sindicalizados y las facultades de su consejo de administración en lo referente a sus activos. Buena parte de la oposición a la apertura del sector hidrocarburos ha estado enmarcado por la satanizada palabra “privatización”. En este sentido, las discusiones han ido desde insulsos diálogos entre legisladores poniendo por delante a la Real Academia de la Lengua Española y las distintas acepciones del término, hasta a prolongados análisis acerca de las potestades entre lo público y lo privado. Sin embargo, a final de cuentas, el quid del asunto podría no estar en semejante tabú. De acuerdo con las modificaciones a la Ley de Petróleos Mexicanos, la propiedad de la empresa quedaría en el gobierno (artículo 2), el cual se convertiría en un privado sui generis. Asimismo, se estipula en el artículo 13 de la misma pieza que el consejo de administración establecerá “las políticas, bases, lineamientos y procedimientos para el desmantelamiento, la enajenación, la afectación, la garantía o el gravamen de las instalaciones industriales de Petróleos Mexicanos, sus empresas productivas subsidiarias o, en su caso, empresas filiales”. En suma, PEMEX podría desaparecer no como una determinación de Estado, sino bajo una especie de lógica corporativa. Si esto se concreta habría cuestiones cuya reciente polémica carecería de sustancia. El ejemplo más ilustrativo de ello serían las presuntas “concesiones” al sindicato petrolero aprobadas en los últimos días. No obstante, tal como ocurrió en su momento con la Compañía de Luz y Fuerza del Centro, ¿qué prerrogativa sindical vale cuando un sindicato se queda (además de sin toma de nota por la Secretaría del Trabajo) sin empresa? Esto, sumado a elementos como que las asignaciones contractuales a PEMEX tendrían una vigencia máxima de cinco años, levantan muchas interrogantes respecto a cuáles son las verdaderas intenciones del gobierno actual sobre la futura empresa productiva del Estado.
4-La protección al medio ambiente: ¿el gran ausente de la reforma energética? Como parte del cuarto paquete de reglamentaciones en materia de energía que fue aprobado en el Senado durante el pasado fin de semana, se avanzó en la expedición de la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos (ANSIPMASH). De acuerdo con este ordenamiento, la agencia mencionada regularía y supervisaría la seguridad industrial y operativa, las actividades de desmantelamiento y abandono de instalaciones, así como el control integral de residuos y emisiones contaminantes (artículo 2). Al revisar su marco jurídico, la ANSIPMASH parece la panacea administrativa llamada a garantizar una adecuada armonía entre las actividades del sector hidrocarburos y el cuidado del medio ambiente. Por desgracia, existen varios cabos sueltos. Por ejemplo, el PRI y sus aliados desestimaron debatir una propuesta del PAN a fin de actualizar las leyes sobre transición energética, las cuales, si bien datan de 2008, tuvieron sus reglas de operación listas hasta enero de 2014, mostrando no tanto la complejidad de su diseño, sino la negligencia de la autoridad (incluida la federal panista previa a diciembre de 2012). Las denominadas “energías limpias” son las olvidadas de facto de la reforma en curso, aunque ello no es tan grave si se compara con los faltantes en concreción y aplicación de normas de protección al entorno natural cuando se trate de asignación de proyectos de exploración y explotación de hidrocarburos. La complejidad de estos temas pasa por ámbitos desde el derecho a la propiedad, hasta la garantía consagrada en el artículo 4 constitucional a un medio ambiente sano. La relevancia se exacerba cuando se piensa en dilemas internacionales como el impacto ambiental de la fragmentación subterránea en la explotación del gas de esquisto, o la definición de responsabilidades y procuración de justicia en eventos como un derrame petrolero. ¿Cuáles son los riesgos de no contar con un marco integral entre aprovechamiento de los recursos energéticos del país y la protección del medio ambiente?
5-Marcelo Ebrard: de la “línea dorada” a la “línea naranja”. El pasado 20 de julio, en medio de los trabajos de la Segunda Convención Nacional Democrática del partido Movimiento Ciudadano (MC), Marcelo Ebrard, hizo su aparición como uno de los oradores principales. Durante su alocución, el ex jefe de gobierno del Distrito Federal arremetió contra su aún partido (en turno), el PRD. Si bien este personaje ha sido congruente en sus críticas a la alianza perredista con el gobierno del presidente Peña vía el Pacto por México, Ebrard pretendió hasta hace muy poco tiempo contender por la dirigencia nacional del “sol azteca”. Ahora, aunque no anunció su renuncia al PRD, lo sentenció de manera lapidaria a “pagar” en las urnas por su colusión con la administración federal actual. Ha trascendido que, dada la urgencia de la franquicia de Dante Delgado por conservar su registro como partido político tras los comicios federales de 2015, aunado con la apremiante necesidad de reflectores por parte de Ebrard –sin importarle demasiado, en apariencia, los golpes a su prestigio con el escándalo de la Línea 12 del Metro del D.F.—, “se han juntado el hambre con las ganas de comer”. Ciertamente, no sorprende este eventual nuevo brinco chapulinesco del discípulo del hoy senador Manuel Camacho hacia su quinto partido político –Verde Ecologista (no afiliado, pero fue diputado por él), PRI, Partido de Centro Democrático, y PRD—; tampoco es rara la “pluralidad” característica de los reclutamientos de MC (panistas, lopezobradoristas, perredistas, priistas, et. al.). Lo interesante de esta jugada política es ver cómo afectará la distribución del principal botín electoral de la izquierda institucional del país; el D.F.

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