A continuación lo temas políticos que dominarán la agenda mediática y algunas preguntas para reflexionar:
1-El (¿fin?) del caso Cassez. En su sesión del pasado 23 de enero, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJN) discutió dos proyectos, presentados por la magistrada Olga Sánchez Cordero, vinculados con el caso de la ciudadana francesa, Florence Cassez, quien está condenada por los tribunales mexicanos a 60 años de prisión por el delito de secuestro. El primero de ellos, el cual concedería a Cassez un amparo para efectos, es decir, con el propósito de solicitar al juez una nueva valoración de ciertas pruebas o evidencias durante el proceso, fue rechazado en las ponencias por la totalidad de los magistrados participantes. Sin embargo, tras la intervención del magistrado Alfredo Gutiérrez Ortiz-Mena, quien indicó que “donde existe un mal, el derecho debe proveer el remedio respectivo”, Sánchez Cordero optó por retirar su proyecto original y únicamente proponer el otorgamiento de un amparo liso y llano. Ante el reconocimiento de Gutiérrez de la “existencia de un mal”, la magistrada reconoció una oportunidad para obtener los votos necesarios a un proyecto similar al presentado meses atrás por su colega Arturo Zaldivar, el cual reconocía violaciones al debido proceso y, por tanto, un abuso de autoridad del que la inculpada requería protección por medio del amparo. Así, 3 de los 5 participantes en la sesión aprobaron el amparo a favor de Cassez, determinándose su liberación inmediata. Muchas dudas quedaron sobre el fallo. Los magistrados nunca debatieron respecto a la inocencia de la francesa. Entonces, ¿qué tan conveniente sería dejar libre a una sentenciada, a causa de un abuso de autoridad previa a la presentación de la inculpada ante el ministerio público y, por tanto, al dictamen de sentencia de un juez, pero posterior a la comisión del delito?; ¿cuáles son los precedentes legales y procedimentales que sentará la resolución de la SCJN?; ¿qué habría podido pasar si el ex presidente Calderón hubiera aceptado adscribir el caso a la Convención de Estrasburgo para el traslado de reos, y Cassez hubiese sido llevada a Francia para cumplir su condena?
2-Los financiamientos para las campañas de 2012 a debate. A partir del 23 de enero, el Consejo General del IFE ha estado analizando y discutiendo los diversos informes que la Unidad de Fiscalización del instituto ha presentado respecto a los financiamientos para las actividades de los partidos políticos durante los comicios federales de 2012. Sin duda, el caso más controversial fue el de los famosos monederos Monex, presuntamente utilizados por el PRI para incidir ilegalmente en el voto ciudadano, además de haber obtenido de manera ilícita (o cuando menos con procedencias dudosas) los recursos repartidos por medio de dichas herramientas de pago. En su sesión del pasado miércoles, los consejeros del IFE fueron debatiendo una a una las acusaciones del PAN y el PRD sobre el particular. Así, primero desecharon la procedencia ilícita de los recursos (con voto casi unánime). No obstante, el caso se empantanó cuando algunos consejeros respaldaron a su colega, María Marván, quien señaló una triangulación ilegal de recursos por 50 millones de pesos, cuyo destino no le había sido posible al PRI comprobar. Al votarlo, se generó un empate a cuatro, dado que sólo ocho consejeros sufragaron ante la excusa de Sergio García Ramírez, consejero que había optado por no votar dado un posible conflicto de intereses. Al ver el empate, García Ramírez decide regresar al pleno del consejo e inclinar la balanza en contra de lo que hubiera sido la imposición de una multa de 75 millones de pesos al PRI. Ahora bien, en su sesión del 28 de enero, el IFE anunció que sólo la coalición de partidos de izquierda había rebasado los topes de campaña en el proceso electoral 2012, y sancionará a sus miembros con una multa aproximada de 20 millones de pesos. Si al PRI se le hubieran acreditado los 50 millones de pesos del caso Monex, la sumatoria sí habría hecho acreedor a ese partido a una multa. Esto sin mencionar otras quejas que sumaban 200 millones de pesos en recursos, y que fueron desestimadas. ¿Se está evidenciando una medida con diferentes raceros a los partidos políticos, o simplemente se están juzgando cuestiones distintas?; ¿sería necesaria una nueva reforma para evitar que los partidos abusaran de los resquicios legales a fin de ganar ventajas financieras en su operación (sobretodo en campaña)?; ¿es el actual marco jurídico realmente disuasivo de prácticas ilegales o de corrupción (en ocasiones pareciera “costeable” pagar el precio de una eventual multa, aunque se cometan faltas que beneficiaran el interés de un partido o se sacara ventaja sobre de otros)?
3-La reforma a los documentos básicos (no únicamente a los estatutos) del PRI. Durante la reunión plenaria de los diputados del PRI, llevada a cabo el pasado fin de semana en la Riviera Nayarit (Bahía de Banderas), tanto el presidente nacional del tricolor, César Camacho, como varios legisladores priistas, coincidieron en la voluntad de revisar su declaración de principios, programa de acción y estatutos, con el propósito de eliminar los candados que se tendrían institucionalmente al pretender, por ejemplo, legislar sobre una mayor apertura del sector energético a la participación de particulares (nacionales y extranjeros), así como una eventual eliminación de la tasa cero de IVA a alimentos y medicinas (recordar que esos productos sí están sujetos al impuesto, aunque en tasa cero, lo cual abriría la opción para imponerles el IVA con un porcentaje menor al general de 16%). Sin embargo, los obstáculos para estas medidas que, en teoría, darían más recursos operativos al erario público (en particular ahora que el PRI es gobierno a nivel federal y en la inmensa mayoría de los estados y municipios del país), no sólo están en los documentos básicos del partido, sino en ciertos sectores que, por principios o por intereses, se opondrían a acciones tan polémicas como el gravamen a alimentos y medicinas. La dirigencia priista ha intentado centrar su discurso en justificar una posible alza del impuesto, a cambio de cuentas claras (y beneficiosas para los actores políticos) a la hora de ejercer los recursos adicionalmente recaudados. En lo referente a las cuestiones formales, en su Declaración de Principios, el PRI señala que demandarán un Estado “que resuelva la soberanía y la seguridad alimentaria de los mexicanos”, que “impulse reformas sociales en favor de los que menos tienen”, y reconocen “el dominio directo, inalienable e imprescriptible de la Nación sobre los hidrocarburos y los demás recursos naturales del subsuelo”. De cara a su convención nacional, a celebrarse entre el 1 y el 3 de marzo próximos, el PRI encara no sólo la pugna interna por modificar unas premisas cuya retórica es digna de un partido de oposición (no necesariamente socialdemócrata como se autodefine), para hacerlas más congruentes con un gobierno que, desde hace muchos lustros, no ha podido integrar un esquema eficaz y eficiente de recaudación fiscal. ¿Cómo podrá el PRI lidiar con la “congruencia política”?; ¿cuáles deberán de ser los principales mecanismos de negociación al interior del partido para sacar las reformas a sus documentos?; ¿podría impulsar el PRI las reformas deseadas sin modificar su régimen interior?
4-La inconstitucionalidad de la ratificación senatorial de mandos policiacos federales. En días recientes, los diputados del PRI, encabezados por Manlio Fabio Beltrones, han anunciado que presentarán un recurso de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia, a fin de eliminar la provisión establecida en el artículo 27, fracción XLIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF) aprobada hace algunas semanas, en la cual el Senado ratificaría los nombramientos presidenciales del Comisionado Nacional de Seguridad (en este caso de Manuel Mondragón) y del Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública. El recurso estaría sustentado en una presunta violación al artículo 89 constitucional donde, en su fracción II, se faculta al Presidente de la República para “nombrar y remover libremente a los Secretarios del Despacho, remover a los agentes diplomáticos y empleados superiores de Hacienda […] y a los demás empleados de la Unión, cuyo nombramiento o remoción no esté determinado de otro modo en la Constitución o en las leyes”. Según los priistas, al no estar los cargos mencionados en la Constitución, el Presidente no debería tener la restricción planteada en el actual texto de la LOAPF. Ahora bien, ¿qué tanto está justificado el hecho de que deba pasar por el filtro senatorial esa clase de nombramientos, los cuales, por cierto, afectan a los estados como miembros de la Federación?; ¿qué criterio se debiera privilegiar al momento de hacer dichos nombramientos, la eficiencia de la designación directa, o la legitimidad de pasar un proceso de carácter legislativo?
5-El reporte de la CNDH sobre las fuerzas armadas en el sexenio pasado. De acuerdo con La Jornada, el próximo miércoles el ombudsman nacional, Raúl Plascencia, presentará “su tercer informe de labores, donde señalará que en 2012, 35 por ciento de las 93 recomendaciones por violaciones graves de derechos humanos” se concentraron en dependencias como SSP (9), SEMAR (6), SEDENA (15), SEGOB (1) y el Instituto Nacional de Migración (2). ¿Qué tanto podrían repercutir los resultados de este informe en un replanteamiento de la intervención de las fuerzas armadas (en particular) en el contexto de la estrategia contra la delincuencia organizada del nuevo gobierno federal (la cual todavía está en espera de ser develada)?; ¿cuál sería una evaluación equilibrada respecto al costo-beneficio de haber colocado al aparato castrense al servicio de labores de seguridad pública?; en general, ¿cómo han respondido las instituciones de seguridad ante las recomendaciones de la CNDH?; ¿qué tan relevante ha sido la actuación del ombudsman para mejorar la situación del respeto a los derechos humanos en México?
La reproducción total de este contenido no está permitida sin autorización previa de CIDAC. Para su reproducción parcial se requiere agregar el link a la publicación en cidac.org. Todas las imágenes, gráficos y videos pueden retomarse con el crédito correspondiente, sin modificaciones y con un link a la publicación original en cidac.org