Hipocrecía nacional

Migración

En el año 2003, el congresista estadounidense Charlie Norwood tuvo una idea estúpida: criminalizar la migración ilegal en Estados Unidos. El oficio de un legislador es convertir sus propuestas en leyes, así que el representante republicano puso su barbaridad en tinta y papel, para someterla al voto de sus colegas. La iniciativa conocida como Clear Act, por sus siglas en inglés, recibió el apoyo de 112 de los 435 miembros de la Cámara de Representantes. El proyecto proponía castigar hasta con un año de cárcel a personas que fueran capturadas en su intento por ingresar ilegalmente a Estados Unidos o a quienes permanecieran por más de 30 días después de la expiración de su visa. Al no encontrar apoyo suficiente, el cruel disparate de Norwood fracasó en su empeño por convertirse en ley.

En nuestro país, la iniciativa generó gran indignación ya que implicaba el riesgo de prisión para millones de compatriotas, cuyo único crimen fue nacer en una economía con malos salarios y pocas oportunidades. El problema es que México no tenía, ni tiene, autoridad moral para criticar la propuesta de Norwood. Si el congresista gringo se hubiera molestado en leer nuestra Ley General de Población se habría percatado que los mexicanos somos aun más severos en el trato a los migrantes ilegales. Según establece el artículo 123: “Se impondrá pena hasta de dos años de prisión y multa de trescientos a cinco mil pesos, al extranjero que se interne ilegalmente al país”.

Las aberraciones de la ley no se limitan a un solo párrafo. En el artículo 127 se imponen hasta cinco años de cárcel para el mexicano que contraiga matrimonio con un extranjero para que pueda radicar en el país. Al cónyuge foráneo también le toca un lustro en prisión. Aprobada en 1974, esta norma es una herencia viva del sexenio de Luis Echeverría. En general, el castigo penal a los inmigrantes no se aplica, pero entre los años 2000 y 2006, la PGR consignó mil 236 averiguaciones previas contra inmigrantes indocumentados.

La existencia de la ley permite que la autoridad con celo juarista defina dónde y cuándo se debe acatar la norma. El criterio discrecional de su aplicación abre la puerta a la arbitrariedad y extorsión de decenas de miles de migrantes centroamericanos que cruzan nuestro territorio como vía de tránsito hacia el norte. En el 2005, el gobierno mexicano deportó a cerca de 240 mil extranjeros del territorio nacional. Si la ley se aplicara con rigor, México tendría que gastar millones de pesos de impuestos, para construir cárceles donde se encerrarían a los vecinos del sur hartos de vivir en la pobreza.

En abril pasado, la Cámara de Diputados dio un paso fundamental para corregir este absurdo que lleva 33 años convertido en ley. Con 315 votos a favor, una abstención y ninguno en contra, todos los partidos políticos resolvieron derogar los artículos que imponen penas corporales a los migrantes sin papeles. Sin embargo, mientras los senadores no ratifiquen la decisión de los diputados, la aberración jurídica continúa vigente.

De acuerdo al Banco Mundial, México es el mayor expulsor de trabajadores migrantes del planeta. Entre 2000 y 2005, 2 millones de personas dejaron el país para buscar oportunidades de empleo en Estados Unidos. Somos una nación de migrantes, con leyes antimigrantes. Exigimos para nuestros compatriotas un trato y consideración que no ofrecemos a nuestros vecinos. En sus términos actuales, la Ley General de Población le regala municiones a los enemigos de México en Estados Unidos. Los sindicatos de izquierda, los conservadores de derecha y los racistas de todas las denominaciones pueden legitimar sus argumentos con el texto de nuestras leyes.

Por ética y estrategia diplomática, México debería ser un ciudadano modelo dentro del vecindario global. Nosotros pedimos amnistía para nuestros compatriotas en Estados Unidos, pero dejamos a los migrantes extranjeros a la merced del Ministerio Público. La amenaza de prisión a los indocumentados no contribuye a tener fronteras más seguras y sólo le da rango jurídico a la hipocresía

La reproducción total de este contenido no está permitida sin autorización previa de CIDAC. Para su reproducción parcial se requiere agregar el link a la publicación en cidac.org. Todas las imágenes, gráficos y videos pueden retomarse con el crédito correspondiente, sin modificaciones y con un link a la publicación original en cidac.org

Comentarios