La “Ley Ficrea”: aprendizaje cero.

Finanzas Públicas

El pasado 22 de abril, la Cámara de Diputados aprobó reformas que, una vez deliberadas por el Senado, podrían finalizar con la promulgación de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, y modificaciones a otras tres leyes existentes. Si bien el dictamen pasó en San Lázaro con el respaldo de las tres fuerzas políticas mayoritarias, algunos asuntos ocasionaron desacuerdos. El principal fue el relativo a la inclusión de un artículo transitorio que mandata la creación de un fondo, con recursos del erario, de 2,600 millones de pesos para restituir las pérdidas de 35 por ciento de los ahorradores de la disuelta sociedad financiera popular (Sofipo) denominada Ficrea. El argumento de los opositores a la ley subraya la violación al principio de generalidad, ya que existen otras sociedades financieras populares y comunitarias (Sofincos) que también han defraudado a usuarios en localidades principalmente indígenas. Si bien el caso es complejo, todo parece indicar que la cuestión de fondo, más que la solución de un crimen financiero aislado, es la debilidad del marco regulatorio del sector, que es lo que facilito la politizacion del caso y la consecuente accion legislativa.
El caso que hoy lleva a legislar de emergencia, surge a partir de un delito de fraude cuyo principal responsable se encuentra prófugo. Lo mismo para las otras sociedades financieras que han violado la ley en perjuicio de los usuarios –se calculan cerca de 20 mil defraudados por cajas de ahorro en las zonas más marginadas de Guerrero y Oaxaca. Por otro lado, respecto al rescate con fondos públicos, aún está en cuestión si subsidiarlo es necesario. Se entiende que, como parte del proceso de disolución de Ficrea, la liquidación de sus activos podría servir para resarcir a los clientes, como lo dicta la legislación actual. Además, la autoridad atraerá recursos como resultado de la adquisición de los derechos de cobro a los deudores de Ficrea. Así, no es evidente que el caso requiera forzosamente un rescate total con fondos del erario. Con respecto a los usuarios, es importante señalar que ellos también tienen una responsabilidad. Por definición, en cualquier inversión, mayor rendimiento implica mayor riesgo. En esta lógica universal, los ahorradores, aceptaron en su momento invertir a tasas tres o cuatro veces superiores al mercado, asumiendo un riesgo proporcional. Sin soslayar que la publicidad engañosa para embaucarlos puede ser un elemento a considerar para atenuar su responsabilidad, un rescate como el propuesto desincentivaria la educación financiera de los usuarios. ¿Hay incentivos a capacitarse en tomas de decisión financiera si el riesgo de dicha decisión lo internalizará el gobierno (y los contribuyentes)?
Uno de los principales reclamos de los clientes de Ficrea consiste en apuntar que los reguladores –la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y la Comisión para la Protección y Defensa de los Usuarios del Sistema Financiero (CONDUSEF)—fueron incapaces de actuar de forma preventiva. La Sofipo tenía por lo menos tres subsidiarias no supervisadas (que no estaban, por ley, bajo supervision) por algún órgano regulador, mismas que fueron utilizadas por sus directivos para realizar actividades fraudulentas. Además, la Auditoría Superior de la Federación informó recientemente al Congreso sobre su carencia de facultades para sancionar a dichos órganos, toda vez que las irregularidades del caso no derivan del ejercicio de sus facultades. Es claro que existe un problema estructural en el sistema de supervisión del mercado financiero, mucho más en la promoción y vigilancia de un mercado con reglas claras para una sana competencia y bienestar de los usuarios.
México está en el peor de los mundos, donde las condiciones están puestas para propiciar las peores conductas y la probabilidad de nuevas irregularidades. En la nueva reforma, no se observan cambios legales que propicien incentivos para detonar conductas inteligentes de los usuarios, ni para mejorar la actuación ética de las instituciones financieras, ni mejores competencias para los órganos reguladores para vigilar y sancionar. Independientemente si se trata de ahorradores acaudalados, o de usuarios de escasos recursos, cualquier reforma legal que busque suplantar el ejercicio de aplicación del derecho penal sin rediseñar o reforzar el marco regulatorio, atenta nuevamente contra la confianza en las instituciones y el endeble estado de derecho en el que nadie es culpable, pero todos pagamos. Al parecer otro populismo costoso de la agenda de reformas estructurales.

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