La oportunidad de los juicios colectivos

Sociedad Civil

Qué haría usted si la empresa a la cual le compró un producto decide rechazarle la garantía? ¿Se aventuraría a imponer una demanda si es víctima de un fraude por parte de una empresa? ¿A quién acudiría si una tienda se rehusa a devolverle su dinero? ¿Actuaría diferente si supiera que esto mismo le ha pasado a más personas?

Actualmente se discuten dos propuestas legislativas para promover los juicios colectivos, una a nivel federal y una en el Distrito Federal. Bajo ambas iniciativas, asociaciones y organizaciones civiles podrían llevar casos directamente a una corte civil en representación de un grupo de consumidores afectados.

El miedo a una regulación inadecuada de los juicios colectivos lleva a la mayoría del sector empresarial del país a temerle a los mismos. Argumentan que se puede generar un número alto de litigios al tiempo que asociaciones y organizaciones civiles, actuando en nombre de los consumidores, utilicen este instrumento legal como medio de extorsión. Si bien esto pudiera suceder, lo cierto es que estamos demasiado influenciados por lo que se ha visto del sistema estadounidense.

Uno de los argumentos que suelen utilizarse en contra de las acciones colectivas es el aumento del número de litigios -bajo los class action suitsen el país vecino. Es cierto que en Estados Unidos se gasta mucho dinero en el descubrimiento de pruebas y honorarios legales. Además, su sistema de derecho sustantivo permite el´ otorgamiento de mayores montos de compensación.

Sin embargo, México no es Estados Unidos. El sistema legal mexicano, al ser de derecho civil, no crearía estos mismos incentivos, especialmente si el diseño de la regulación es adecuado. Países como Colombia, España y Brasil -cuyos sistemas se aproximan más al de México- han logrado encontrar un equilibrio entre la competitividad de las empresas y el respeto a los derechos de los consumidores a través de la figura de las acciones colectivas.

Para evitar abusos, cualquier legislación en materia de juicios colectivos debe contemplar su alcance para no caer en un dilema de protección del derecho colectivo por encima de una garantía individual protegida por la constitución.

Otros factores a considerar tienen que ver con los requisitos para presentar una demanda colectiva, las pruebas que deben ser remitidas al juez, la duración de los procedimientos, la posibilidad de obtener cobertura mediática, y la existencia de mecanismos alternativos de resolución de conflictos.

De no cuidarse los detalles, es posible que la inclusión de demandas colectivas resulte en un nivel de litigio excesivo y un clima de negocios incierto donde la extorsión podría jugar un papel importante. Sin embargo, de seguir un proceso adecuado, las acciones colectivas mejorarían sustancialmente el acceso a la justicia para los consumidores, y promoverían un sector empresarial responsable que se enfoque en crear valor para la sociedad y en ser motor de crecimiento para el país.

Los juicios colectivos son un instrumento legal que democratiza el acceso a la justicia, y por lo tanto no sólo constituye una meta noble en favor del desarrollo de la sociedad, sino que es inevitable. El empresariado, en lugar de contrariar estas acciones, podría aprovechar esta oportunidad para hacer dos cosas: por una parte abogar por que esta ley sea en verdad en beneficio de los consumidores y no genere costos adicionales para la sociedad y por la otra recordarle a todos los mexicanos que sin empresarios no hay crecimiento económico. Después de todo, quien nada debe nada teme.

La reproducción total de este contenido no está permitida sin autorización previa de CIDAC. Para su reproducción parcial se requiere agregar el link a la publicación en cidac.org. Todas las imágenes, gráficos y videos pueden retomarse con el crédito correspondiente, sin modificaciones y con un link a la publicación original en cidac.org

Comentarios