El Impuesto Sobre la Renta (ISR): todos coludos o todos rabones

Administración Federal

Durante años se ha insistido en la urgencia de atender la ineficiencia recaudatoria del Estado mexicano. Buena parte de las críticas han sido dirigidas hacia los gobiernos estatales y municipales, en particular por la incongruencia entre su magra capacidad de recaudación –en cierto sentido propiciada por la ley—y la opacidad en la forma en la que operan sus gastos. Esta controversia se exacerbó con la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal de 2013 (LdI2013), la cual establece la cancelación de los adeudos tributarios de estados y municipios. Era previsible que una decisión de esta naturaleza desatara una polémica respecto de sus alcances e implicaciones, en especial entre los particulares. Además, el tema cobra relevancia ante la inminente reforma fiscal, pues podría interpretarse como una señal de lo que está por venir.
En específico, la LdI2013 establece en su artículo 9, la condonación de los adeudos por concepto del ISR que los gobiernos locales retienen a sus trabajadores. Es importante señalar que dicho mandato no es nuevo, sino que sólo ratifica y prolonga los efectos del “Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales en materia del impuesto sobre la renta, de derechos y de aprovechamientos” expedido por el entonces presidente Calderón en diciembre de 2008. Dicho decreto pretendió la “regularización” de la situación crediticia de los estados y municipios. No obstante, ese intento se tradujo en el perdón del total de los adeudos por concepto del ISR anteriores a 2005 e importantes reducciones por el mismo hasta el año 2012. La LdI2013 repitió la fórmula al condonar todos los adeudos anteriores a 2012 y prolongar los descuentos hasta el año 2014. Este trato preferencial sólo se encuentra sujeto a la condición de que los estados y municipios enteren al SAT del ISR que corresponde al mes de diciembre de 2012.
La condonación y reducciones en el pago del ISR no implican de forma necesaria un beneficio en el bolsillo de los trabajadores, ya que la Ley no impide a los gobiernos locales retener dicho impuesto y disponer libremente de él, sino que sólo les autoriza no enterarlo a la Federación. Lo que sí conlleva es un beneficio en las arcas de estos gobiernos. La opacidad y prácticas irresponsables en el gasto público (que caracterizan a las entidades y municipios) producen serios cuestionamientos sobre la idoneidad de esta decisión. En última instancia, la condonación  fomenta la irresponsabilidad fiscal de los gobiernos locales.  Ante este panorama, la semana pasada se presentaron una serie de amparos por compañías privadas (Liverpool, Telefónica, McCormick, entre otras) que pretenden impugnar la medida. Argumentan un trato inequitativo y discriminatorio ocasionado por el otorgamiento de privilegios al sector público. Ahora, el Poder Judicial tiene la difícil labor de determinar si ello es constitucional o si, por el contrario, establece distinciones injustificadas entre los contribuyentes y, en un momento dado, cancelar los efectos de la disposición.
Aunque el decreto fue una decisión del gobierno federal anterior, es importante destacar que la prórroga de sus efectos, se produjo ya en un contexto en el que la nueva administración ejerció una importante influencia. En pocas palabras, el decreto difícilmente hubiera sido recogido en la Ley si el actual gobierno estuviera en su contra. Además, como otro dato relevante en el tema, en los últimos cuatro meses la Secretaría de Hacienda ha presentado 150 denuncias por defraudación fiscal contra grandes contribuyentes del sector privado. Así, el panorama que se bosqueja, previo a la discusión de la reforma fiscal, aparenta consistir en una política de endurecimiento en la recaudación proveniente del sector privado y otra mucho más laxa para el sector público.
Otra manera de ver este fenómeno es observando lo obvio: hay una estrategia para el fortalecimiento del gobierno como autoridad suprema pero no hay una estrategia para el desarrollo del país. Lo primero es necesario, pero sin lo segundo lo primero es irrelevante.

La reproducción total de este contenido no está permitida sin autorización previa de CIDAC. Para su reproducción parcial se requiere agregar el link a la publicación en cidac.org. Todas las imágenes, gráficos y videos pueden retomarse con el crédito correspondiente, sin modificaciones y con un link a la publicación original en cidac.org

Comentarios

CIDAC

CIDAC

Think tank independiente, sin fines de lucro, dedicado al estudio e interpretación de la realidad mexicana y presentación de propuestas para cambiar a México