Un nuevo conflicto entre los partidos y el Instituto Federal Electoral (IFE) ha surgido esta semana. Como antecedente, el 11 de enero de este año, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó que cada partido debía registrar, por el principio de mayoría relativa a por lo menos 120 candidatas para la Cámara de Diputados y 26 para el Senado. Esto respondió a la cuota mínima de candidaturas femeninas que la ley electoral vigente coloca en 40 por ciento del total de postulaciones. Con base en esto, el pasado lunes 26 de marzo, el IFE determinó una fecha límite para que los partidos que no cumplieron con este criterio sobre cuotas de género –es decir, todos salvo el PANAL—, realizaran las modificaciones necesarias al respecto, antes del arranque formal de las campañas rumbo a la renovación de la totalidad del Congreso de la Unión. Si los partidos mantienen el incumplimiento, la autoridad electoral los amonestará públicamente y efectuará un sorteo para cubrir el mínimo de mujeres prescrito por ley. El PRI, inconforme con la resolución, anunció que interpondrá un recurso de aclaración ante el TEPJF para que explique los alcances de dicho fallo y resuelva la contradicción entre el derecho de quienes participaron en sus procesos internos, resultaron ganadores y, ahora, tendrían que renunciar a sus candidaturas, versus el legítimo derecho a garantizar la equidad de género.
En el centro de la discusión se encuentra el artículo 219 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE). Por un lado, el artículo señala que, de la totalidad de solicitudes de registro, al menos 40 por ciento de candidatos deberán ser propietarios de un mismo género, procurando llegar a la paridad. Sin embargo, en el párrafo siguiente, el ordenamiento exceptúa de la cuota de género a las candidaturas de mayoría relativa que sean resultado de un proceso de elección democrático al interior del partido. Es precisamente esa excepción la que ha sido alegada por los partidos pues, para cuando el TEPJF emitió su resolución, los partidos políticos ya habían iniciado los procesos internos para elegir a sus candidatos. El problema surgió cuando el resultado de las elecciones internas en los partidos aludidos no coincidió con las cuotas mínimas determinadas por el TEPJF. Como resultado, en tan sólo 48 horas, los partidos se vieron obligados a reconfigurar las listas e incluir, en muchos casos, mujeres que poco habían participado en sus respectivos procesos de selección interna. Estos remiendos de última hora evidencian, entre otras cosas, que al interior de los partidos no existen aún las condiciones para generar candidaturas femeniles de manera orgánica. Peor aún, parece que las cuotas de género –introducidas por primera vez en 1996- no han logrado modificar de fondo las dinámicas institucionales en la arena política a fin de fomentar la participación de las mujeres en la vida partidista y garantizar su derecho a ejercerla en igualdad de condiciones.
El asunto refleja dos temas fundamentales. Primero, la forma en que se aprobó la ley electoral y que incluyó una cláusula referente a candidaturas de género. Los partidos que ahora objetan la ley son los que la aprobaron. Además, es impactante que la discusión tenga lugar justo al umbral del inicio de la contienda. Pero no menos importante es la discusión sobre la racionalidad de emplear mecanismos artificiales de igualación, en este caso en el tema del género. Evidentemente existen innumerables resistencias a la igualdad social y de género. Sin embargo, es relevante cuestionar la idoneidad de mecanismos como las cuotas para resolver problemas fundamentales de la realidad social nacional.
El escenario gestado esta semana plantea serios cuestionamientos sobre la efectividad de las cuotas para generar un entorno de equidad en la vida política del país. Una vez más, partidos e instituciones electorales afrontan las consecuencias imprevistas de una reforma que no ha terminado por satisfacer a ninguno de los factores en la ecuación, sobre todo a la hora de implementarla. Ante la eventualidad de una nueva reforma en materia electoral, una de las preguntas que deberán hacerse los legisladores es si, en sí mismo, aumentar los porcentajes de las cuotas de género resultan la vía idónea para impulsar la equidad en el ámbito de los partidos políticos.
La reproducción total de este contenido no está permitida sin autorización previa de CIDAC. Para su reproducción parcial se requiere agregar el link a la publicación en cidac.org. Todas las imágenes, gráficos y videos pueden retomarse con el crédito correspondiente, sin modificaciones y con un link a la publicación original en cidac.org