Facturar o no facturar: el verdadero dilema del combate a la informalidad

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Con el nuevo paquete fiscal para 2014, Hacienda continuará teniendo problemas en la persecución de una práctica lesiva al erario y abonadora a la informalidad, aunque tolerada y hasta “justificada” por algunos: la omisión en la expedición de facturas (comprobantes fiscales).

Entre los múltiples objetivos de la recientemente aprobada miscelánea fiscal para 2014, el del combate a la informalidad destaca por su carácter utópico. Al contrario, decisiones como la reducción en los conceptos de deducibilidad para personas físicas, el aumento a los impuestos al ingreso, la complicación en los trámites de declaración ante el fisco, las restricciones a las deducciones por concepto de prestaciones laborales, entre otras, dan mayores incentivos a los contribuyentes a fin de lanzarse a los brazos del sector informal. Peor aún. A pesar de haber adquirido “dientes más agresivos” en materia de fiscalización de los contribuyentes cautivos, Hacienda continuará teniendo problemas en la persecución de una práctica tanto lesiva al erario, como abonadora a la informalidad, aunque tolerada y hasta “justificada” por algunos: la omisión en la expedición de facturas (comprobantes fiscales).

El clásico “¿va a requerir factura?”, si bien no constituye de manera formal el delito de defraudación fiscal descrito en el artículo 108 del Código Fiscal de la Federación (CFF), tampoco es una conducta responsable por parte de los contribuyentes. De acuerdo con el mencionado artículo, “comete el delito de defraudación fiscal quien con uso de engaños o aprovechamiento de errores, omita total o parcialmente el pago de alguna contribución u obtenga un beneficio indebido con perjuicio del fisco federal”. Así, en estricto sentido, el cínico “es que, si quiere factura, le tendría que cobrar el IVA” no implica ni un engaño (de hecho, es un acto de contundente sinceridad), ni haber tomado ventaja de un error. Respecto a esto último, en todo caso, el error lo está cometiendo la autoridad al no generar los incentivos adecuados para, en primer lugar, que la mayoría de quienes, por ejemplo, adquieren un bien o servicio sujeto a gravamen, siempre soliciten factura; en segundo término, para que los prestadores de servicios y proveedores de esos bienes expidan en toda transacción con implicaciones fiscales, el comprobante correspondiente.

Con lo anterior en mente, ¿qué incentivos puede tener un contribuyente para solicitar una factura si sus conceptos deducibles cada vez disminuyen más? Asimismo, ¿qué motivación encontraría un prestador de servicios en declarar la totalidad de sus transacciones, siendo que la política recaudatoria en México privilegia gravar el ingreso y no el consumo? Y con esta misma lógica, ¿no se fomentaría el registro de contribuyentes con una elevación al impuesto al consumo –el cual todos pagamos prácticamente desde que hacemos la primera compra de nuestra vida—, pero con la posibilidad de deducirlo en una declaración, al mismo tiempo que se tenga un mayor ingreso vía una reducción a los gravámenes por este concepto? Quien no estuviera registrado, no tendría la opción de compensar el alza de precios de los bienes y servicios sujetos al IVA por medio de un régimen amplio de deducibilidad (por supuesto, los desempleados llevarían la peor parte, aun cuando ya contamos con el flamante –y complicadísimo— seguro de desempleo). En el sistema actual, lo racional es quedarse en la informalidad, ya que hay un régimen bajo de impuestos al consumo, incluso de tasa cero para algunos productos, y uno relativamente elevado para el impuesto sobre la renta.

Ciertamente, en un mundo ideal –y por mandato del artículo 31 constitucional, por cierto—, es obligación de todos los mexicanos “contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes”, además de que, a la letra del artículo 27 del CFF, aquellos obligados por sus actividades a expedir comprobantes fiscales “deberán solicitar su inscripción en el registro federal de contribuyentes” (de entrada, la misma ley suena a invitación, no a obligación). En el mismo tenor, según el artículo 1 de la Ley del IVA, “están obligadas al pago del impuesto al valor agregado establecido en esta Ley, las personas físicas y las morales que, en territorio nacional… I. Enajenen bienes; II. Presten servicios independientes; III. Otorguen el uso o goce temporal de bienes; IV. Importen bienes o servicios”. Sobraría mencionar la infinidad de ejemplos que se pueden ver a diario en la vía pública de quienes de seguro incumplen con los mandatos de nuestra Carta Magna y sus leyes secundarias. No obstante, la autoridad poco o nada hace con el propósito de erradicar estas, digamos, omisiones, ya que la informalidad, así como la migración de mano de obra no calificada hacia Estados Unidos, han sido válvulas de despresurización del desempleo en México por décadas.

Las cifras del INEGI, a septiembre de 2013, indican como 27.36% de la población económicamente activa (PEA) está ocupada en el sector informal, o sea, ni siquiera lleva registros contables. Cabe hacer la diferencia con el rubro de la informalidad laboral, tal vez el peor de los escenarios para un trabajador. En este, donde el INEGI ubica a 57.53% de la PEA, la mayoría de los empleados sí están registrados ante Hacienda, aunque no tienen acceso a seguridad social y otras prestaciones laborales. En suma, son contribuyentes cautivos, pero no ven ningún beneficio de serlo respecto a quienes continúan ocultándose en la informalidad.

Evidentemente, sin una contabilidad es imposible pensar en una fiscalización. Ahora bien, aun teniendo ese elemento, la ineficiencia recaudatoria en México se enfrenta a los usos y costumbres del “¿recibo o factura?” y, peor todavía, al de un esquema que castiga a los contribuyentes cumplidos, premia y hasta tolera la elusión (es decir, prácticas que no implican un delito de defraudación, pero que toman ventaja de vacíos, recovecos (y, hasta hace unos días, de algunos Repecos), consolidaciones, y otros recursos más sofisticados de ingeniería fiscal (tipo las triangulaciones del caso Monex).

Por último, si bien Hacienda ha salido en los últimos días a repetir el discurso de que la hiperbólicamente denominada reforma hacendaria hará más justo el cobro de los impuestos, la realidad es que perpetúa un sistema donde se premia a quien incumple, se oprime a quien cumple, y hace cotidiano el “¿factura o con un recibito es suficiente?”. En suma, el gobierno le sigue expidiendo a la informalidad “una notita en blanco”…

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