IFE
Este año se instrumenta parte de la reforma electoral aprobada en 2007, relativa a la renovación de los consejeros electorales del Instituto. El primer relevo de consejeros, a principios de año, representa nuevamente un triunfo para la partidocracia y no permite restaurar la credibilidad en la autoridad electoral: el nombramiento de Leonardo Valdés Zurita como Presidente del IFE representó un guiño para los moderados del PRD; Benito Nacif es una propuesta del PAN y Marco Antonio Baños es una carta priísta. Los nuevos consejeros se vuelcan contra los viejos para dejar atrás el asunto de los 280 mil spots que los partidos contrataron por encima del tope permitido durante el 2006. La segunda ronda de renovación a mediados de año reafirma la presencia de cuotas partidistas y el juego de vetos en las negociaciones que dieron lugar a los nombramientos, lo cual debilita aún más la credibilidad del Instituto. A finales de año, el IFE se enfoca en sancionar a los tres partidos por los comicios del 2006, en vez de concentrar sus esfuerzos en la instrumentación de la reforma electoral y la preparación de los comicios intermedios. El Instituto cierra el año con la preocupación de blindar las campañas del 2009 contra la injerencia del crimen organizado. Sin embargo, no logra remontar su pérdida de credibilidad entre la población.
SCJN
Este año la Corte se fortalece como fiel de la balanza en la vida democrática del país al tener en su poder la discusión de asuntos de gran trascendencia económica y política para el país: la Ley del ISSSTE, la reforma electoral y la despenalización del aborto. En la resolución de los amparos interpuestos contra la LEY del ISSSTE, la Corte declaró la constitucionalidad de los elementos centrales de la Ley. En el caso del amparo interpuesto por reconocidos intelectuales contra la reforma constitucional en materia electoral en lo referente a la libertad de expresión, la Suprema Corte sancionó a favor del artículo que confiere a los partidos políticos el monopolio sobre la presentación de candidatos a puestos de elección popular. Así mismo, se obliga a los partidos a mantener por lo menos un 2% de los votos para obtener/prolongar su registro y, se validaron las sanciones a los concesionarios de radiodifusión por transmitir propaganda electoral en radio y televisión contratada por personas diferentes a los partidos políticos. Finalmente, los ministros de la SCJN votaron a favor de la constitucionalidad de la legislación capitalina que despenaliza la suspensión del embarazo en las 12 primeras semanas de gestación. Las sentencias emitidas por la Corte fueron controvertidas –algunas incluso con implicaciones negativas para la pluralidad partidista y la libertad de expresión ciudadana en política– y pusieron al organismo ante la disyuntiva de seguir reaccionando a intereses inmediatos versus crear las instituciones democráticas que el país necesita.
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