Justicia penal: vuelta a la página

 

 

La justicia es una cuestión de todos los días. En junio de este año, en las prisiones mexicanas dormían 236,886 personas [[i]], de las cuales 40% estaban aún en espera de una sentencia, lo que significa que no se había demostrado su culpabilidad, por lo que se presume su inocencia. Mientras tanto, diariamente 3 de cada 10 mexicanos son víctima del crimen, ello sin tomar en cuenta la cifra negra: 93% de los delitos no son denunciados [[ii]]. Por décadas hemos cargado a cuestas un sistema penal que, lejos de garantizar el acceso a la justicia de todas las personas, ha perpetuado la impunidad y la injusticia.

En 2008, resultado de una vehemente demanda por parte de la sociedad civil, en México se instituyó una de las más importantes y ambiciosas transformaciones normativas e institucionales que ha vivido el país: la reforma constitucional en materia de justicia penal. El objetivo de esa trascendental reforma fue el de hacer realidad un sistema de justicia penal más eficaz, eficiente y que garantice el respeto de los derechos humanos de las víctimas e imputados, asegurando el acceso a una justicia de calidad y minimizando la impunidad.

Durante ocho años de un proceso de implementación, o quizá un poco más, el sistema de justicia penal estuvo en el centro de la agenda pública nacional. Se invirtieron cantidad de recursos y acciones con el objetivo de hacer realidad la reforma penal. Pero, a pesar de los enormes esfuerzos, aún existen demasiadas brechas, deficiencias y ausencia de condiciones y capacidades institucionales que representan un obstáculo para el acceso a una justicia de calidad.

Paradójicamente, el 18 de junio de 2016, con bombo y platillo se anunció la culminación del plazo que la Constitución estableció para la implementación de la reforma y se celebró la llegada del sistema de justicia penal acusatorio a todos los rincones del país. Aunque es de reconocerse el esfuerzo que tantas instituciones y personas -de todos los sectores- emplearon buscando la transformación del sistema de justicia, lo funesto es haber celebrado la llegada al plazo constitucional como si se tratase una meta cumplida per sé; como si desde el día uno -en junio del 2008- todos los involucrados se hubieran tomado en serio la transformación y no lo hubieran dejado hasta el último momento [[iii]]. Como si hoy tuviéramos el sistema de justicia al que aspiramos. Lo lamentable es que la llegada del 18 de junio pudo ser, para muchos, el pretexto perfecto para dar vuelta a la página.

Si así sucede, si se da vuelta a la página, nos encontramos ante el enorme riesgo de que el objetivo de tener un sistema penal eficaz, eficiente y que asegure el acceso a una justicia de calidad, deje de ser una prioridad en la agenda nacional. De no continuar con los esfuerzos y permitir que los vicios permanezcan y persistan, la operación del sistema de justicia penal no será satisfactoria. Por el contrario, pueden generarse incentivos para realizar cambios normativos que vayan en sentido contrario a una lógica garantista. Esto, en el mediano plazo, tendrá consecuencias directas en los ciudadanos, propiciando violaciones sistemáticas a los derechos de víctimas e imputados y perpetuando la impunidad.

Nada nos dice que vaya a ser distinto. En la mencionada “celebración” de junio pasado, fue firmado un Acuerdo entre los tres Poderes de la Unión para la consolidación del Sistema de Justicia Penal, en el que se reconoció que es necesario continuar con las acciones para consolidar este sistema; sin embargo, hoy no es visible la voluntad política para continuar los esfuerzos e, incluso, algunos actores han optado por abandonar tal acuerdo. Además, no existe claridad sobre cuál será el futuro y el rol de las instancias que estuvieron a cargo de la implementación a nivel nacional y en cada uno de los estados, o si éstas simplemente serán disueltas.

A nivel institucional no se han creado o son insuficientes los sistemas y mecanismos que provean de información actualizada y oportuna a nivel nacional para el seguimiento y evaluación de la operación del sistema de justicia. Esto a pesar de que el seguimiento y la evaluación son procesos fundamentales y necesarios para la mejora continua y permanente de cualquier política pública. En diciembre de 2015, se aprobaron indicadores para realizar estos procesos a nivel nacional [[iv]], y así obligar a todas las instituciones del sistema de justicia a generar información para el seguimiento de la operación. Pero durante los ocho años de implementación, no se crearon condiciones y capacidades para dar respuesta a esta necesidad. El no contar con estos mecanismos implica una ausencia de rendición de cuentas por parte de las instituciones, además de que obstaculiza el acceso a la información en materia de justicia penal.

Si la transformación del sistema de justicia deja de ser una prioridad y no se establecen mecanismos de monitoreo y evaluación, continuaremos arrastrando las deficiencias y la reforma penal no habrá sido más que un fraude de etiquetas: cambiar para que todo siga igual. No podemos permitir que el tema quede en el abandono de la agenda pública, necesitamos esfuerzos constantes y permanentes para lograr un cambio de fondo que erradique los vicios que aún se conservan del sistema inquisitorio y así alcanzar una auténtica reforma penal que garantice el acceso a una justicia de calidad bajo una lógica de respeto a los derechos humanos tanto de víctimas como de imputados.

Autora: Karen Silva Mora

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[[i]] Comisión Nacional de Seguridad (junio 2016), Cuaderno mensual de información estadística penitenciaria nacional, México: CNS, disponible en http://www.cns.gob.mx/portalWebApp/ShowBinary?nodeId=/BEA%20Repository/1418095//archivo

[[ii]] INEGI (2015), Encuesta Nacional de Victimización y percepción sobre Seguridad Pública (ENVIPE) 2015, México: INEGI.

[[iii]] Como se puede ver en el reporte de Hallazgos 2015, en muchos de los casos, las entidades federativas tuvieron un retraso importante en el inicio de la operación los ritmos de la implementación. La Ciudad de México, Michoacán, Baja California Sur y Sonora iniciaron la operación parcial del sistema acusatorio en 2015, siendo este último el que se inició en el nuevo sistema con mayor retraso, a tan solo seis meses de que se cumpliera el límite temporal establecido por la constitución en 2008.

[[iv]] El Comité para la Evaluación y Seguimiento de la Implementación del Nuevo sistema de Justicia Penal de Corte Acusatorio, elaboró los indicadores para el seguimiento y la evaluación del funcionamiento y operación del sistema de justicia penal acusatorio, que fueron aprobados en diciembre de 2015 por el Consejo de Coordinación para la Implementación de la Reforma Penal.

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