La contrarreforma electoral de los partidos.

PVEM

El pasado 19 de junio, dentro de su relampagueante periodo extraordinario de sesiones, la Cámara de Diputados aprobó modificaciones al artículo 87 de la recién creada Ley de Partidos Políticos (LPP). Si bien para que estos cambios sean definitivos hace falta que el Senado los someta a votación y los apruebe, la modificación pretende dar marcha atrás a uno de los pocos avances producto de la reforma político-electoral aprobada en 2013 que, entre otras cosas, otorga claridad a la contabilidad de los votos para los partidos políticos que se postulen en coalición y limita la opción de negociar porcentajes de distribución de votos que beneficiaban principalmente a los partidos pequeños. La modificación de la LPP demuestra, por un lado, la ausencia de proyecto en materia político-e lectoral y por el otro, el oportunismo permanente de los partidos políticos quienes lejos de buscar un avance de las instituciones electorales o una verdadera representatividad política únicamente están interesados en afianzar mayores beneficios en términos de poder, recursos y dinero.
La Reforma Político-Electoral de 2013 y la LPP original aprobada el 23 de mayo, y vigente hasta el día de hoy, estableció un duro golpe a los partidos pequeños pues en caso de dobles marcajes en la boleta electoral — cuando un individuo cruce dos o más emblemas de un candidato de coalición– el voto solo se contabiliza para el candidato y no para los partidos como ocurría anteriormente. Esto implica que los partidos no obtienen un porcentaje de votación que puede ser determinante al momento de alcanzar el umbral mínimo para mantener el registro y disminuye el número de curules de representación proporcional.  Por otro lado, esta nueva reglamentación otorga mayor claridad en la intención de voto del ciudadano pues permite conocer cuando un ciudadano vota por el candidato de la coalición más que por alguno de los partidos de la coalición ya que como se mencionó anteriormente, si un ciudadano hace un doble marcaje entonces el voto cuenta a favor del candidato y no de los partidos.  Las modificaciones al artículo 87 de la LPP eliminan esta transparencia en la aritmética electoral que revelaría qué partidos son los que se aprovechan en mayor medida de ir en conjunto con alguna otra fuerza política.
Todos los partidos políticos, con excepción del Partido Acción Nacional, acordaron que lo estipulado por la reglamentación electoral vulnera el derecho a la igualdad y la libertad de asociación e impide la representación de minorías. Sin embargo, el interés de los partidos por dar marcha atrás a la reforma no se encuentra en la defensa de la representación y las minorías sino en proteger su capacidad de acceder a recursos económicos y obtener el mayor número de representantes en el poder. En primer lugar, la LPP que disminuye potencialmente las ganancias de los pequeños partidos que van en coalición en combinación con la Reforma Política que elevó el umbral para mantener el registro a tres por ciento, pone en riesgo la supervivencia  y el acceso a financiamiento público de partidos como el Partido del Trabajo y Movimiento Ciudadano que tradicionalmente se alían con el PRD y, por otro lado, el PVEM y el PANAL quienes se alían con el Partido Revolucionario Institucional. En segundo lugar, las prerrogativas que recibirían las fracciones en el congreso – que en 2012 sumaron más de 250 millones de pesos –  disminuyen ya que estas dependen del número de diputados o senadores que las integran.  La velocidad de los cambios a la LPP hace evidente la ausencia de una gran visión o proyecto de desarrollo político y  demuestra como las instituciones electorales están lejos de crear un sistema representativo y competitivo pues están sujetas a los intereses partidistas que buscan mantener su discrecionalidad electoral, recursos públicos, sobrerrepresentación y poder de negociación. Si así es en “su” propio mundo, ¿cómo esperar una visión de competencia y transparencia en ámbitos como el energético o de las telecomunicaciones?

La reproducción total de este contenido no está permitida sin autorización previa de CIDAC. Para su reproducción parcial se requiere agregar el link a la publicación en cidac.org. Todas las imágenes, gráficos y videos pueden retomarse con el crédito correspondiente, sin modificaciones y con un link a la publicación original en cidac.org

Comentarios

CIDAC

CIDAC

Think tank independiente, sin fines de lucro, dedicado al estudio e interpretación de la realidad mexicana y presentación de propuestas para cambiar a México