¿Mejoras en acceso a la justicia?

Derechos Humanos

En la última semana el Senado aprobó dos reformas significativas cuyo objetivo es expandir el acceso a la justicia, sin embargo en el caso de las acciones colectivas aún no es decisiva y en el caso de la reforma al amparo dejó fuera un aspecto clave, lo tributario.

Con la reforma al artículo 17 constitucional el Senado reconoce las acciones colectivas. Esto posibilita a las asociaciones civiles en defensa del consumidor a presentar quejas colectivas ante la Profeco. También le otorga a esta institución la facultad de presentar denuncias por prácticas monopólicas en representación de un grupo de consumidores ante la Comisión Federal de Competencia. Por otro lado, la reforma en materia de juicios de amparo se centra en generalizar los efectos de éste –salvo en materia fiscal. Con esto lo ciudadanos podrían, por ejemplo, promover casos de amparo colectivo por violaciones a los derechos humanos.

Al tener efectos generalizados, ambas reformas democratizarían el acceso a la justicia en tanto que las determinaciones de un juez ahora no sólo beneficiarían a quien presenta y gana el amparo o la queja, sino que la protección sería para todas las víctimas de ese mismo abuso, sea público o privado. A pesar de las bondades de las dos reformas, existe el riesgo de que no se concreten. Ambas deben volver a la Cámara de Diputados antes de someterlas a la aprobación de los congresos estatales y poder proceder a la elaboración de leyes secundarias.

En el caso de las acciones colectivas, grupos empresariales continuarán cabildeando en la Cámara baja, ya que aún desconfían profundamente de otorgar este poder a los consumidores, temiendo acabar con un sistema como el estadounidense donde las empresas gastan mucho en demandas –y a veces sufren extorsión. En el caso de los amparos generalizados, la exclusión de la materia fiscal, augura que en ese terreno sólo quienes tengan recursos suficientes podrán seguir haciendo uso del instrumento legal.

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