Reguladores fuertes, México fuerte

Telecomunicaciones

CIDAC ha insistido en los últimos años, junto a importantes voces internacionales y nacionales, en que la mejor rectoría del Estado sobre la economía es la que protagonizan órganos fuertes de regulación de mercados en los que no existen condiciones de competencia efectiva, mercados en los que, por razones históricas conocidas, la “mano invisible” no conduce a mercados competitivos sino a ineficiencias y a rentas indebidas, contrarias al interés público. Se trata de reguladores con herramientas jurídicas suficientes, “dientes” con los cuales morder a agentes monopólicos. Se trata de órganos que, además, viven un entorno institucional propicio para cambiar las reglas del juego, dentro de un esquema de contrapesos que evite excesos y abusos por parte de los propios reguladores. Una propuesta concebida en CIDAC propone un arreglo institucional donde los reguladores económicos mexicanos dejan de ser órganos desconcentrados, que forman parte de las secretarías de Estado, para tener la misma jerarquía que éstas. Ambos dentro de la esfera del Poder Ejecutivo. En la pasada legislatura, la Comisión Especial de Competitividad de la Cámara de Diputados fue escenario de un amplio consenso en ese sentido, aunque no pudo materializarse en una reforma. En 2013, el consenso político nacional ha llevado aún más lejos.

La semana pasada, el Senado de la República envió a la Cámara de Diputados la minuta de la reforma constitucional sobre telecomunicaciones, radiodifusión y competencia. Tras haber recibido el mejor producto hasta ahora del Pacto por México, el Senado decidió enfriar el furor consensualista y estimó necesario perfeccionarlo, haciendo su papel en la maquinaria constitucional mexicana. Aunque realizó algunas modificaciones puntuales, importantes, se siguen concibiendo dos órganos reguladores de la economía con autonomía constitucional, fuera de la órbita de los Poderes, con una fortaleza inédita. Entre otras razones, serán órganos fuertes por la mera previsión constitucional de su autonomía de decisión, presupuestal y de organización interna, si bien deberán rendir cuentas al Ejecutivo y al Congreso, entre otras cosas, a través de programas anuales y informes (excesivamente) trimestrales. Serán fuertes porque se les atribuyen amplias facultades de eliminación de barreras a la competencia, desconcentración, desincorporación de activos, y regulación de redes en el caso del IFETEL. Éste en particular será fuerte pues ninguna de sus normas o actos podrán ser suspendidos en un juicio de amparo, con lo que se eleva a rango constitucional una disposición similar que dio de qué hablar en la reciente discusión de la nueva Ley de Amparo. Los órganos reformadores de la Constitución están asumiendo ya, con toda claridad, que las telecomunicaciones y la radiodifusión implican la explotación de un bien del dominio público y constituyen además un servicio público de interés general. En este punto, el Senado decidió dar al regulador de la competencia un tratamiento distinto en relación con sus actos más intrusivos, las multas y la desincorporación de activos, al asumir que éstos pueden tener consecuencias irreparables. Así, sólo podrán ejecutarse hasta que exista una sentencia firme que niegue el amparo a la empresa afectada. Para todo efecto práctico, quedarán suspendidos mientras dure el juicio, con lo que el Senado asumió que nunca habrá algún interés público superior en juego. A pesar de los avances evidentes que entraña la iniciativa, no deja de ser sorprendente que se hayan dejado asuntos de competencia en materia de telecomunicaciones exclusivamente a IFETEL, creando una innecesaria complicación por los múltiples traslapes que hay entre en el tema de la competencia y que sin duda crearán enormes ineficiencias.  Finalmente se está optando por los extremos, ambos criticables en algún sentido, sin dejar margen a la discrecionalidad judicial.

A pesar de este punto y otros que requerirán análisis profundo para su aterrizaje legal e instrumentación, en las próximas semanas México podría estarse congratulando de leer esta reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación. Queda por verse si se le dará un tratamiento similar a otros entes de regulación como la Comisión Reguladora de Energía y la Comisión Nacional de Hidrocarburos, de particular importancia ya que se trata de monopolios del Estado que no por ser del Estado dejan de tener efectos negativos en los mercados respectivos.

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